FUNCIONES DE
LA ENTIDAD ACREDITADORA
La entidad acreditadora que seleccione el ministerio de la protección social
tendrá las siguientes funciones:
1. promover el sistema único de acreditación.
2. seleccionar y entrenar a las profesiones que cumplirán las funciones
de evaluación en el sistema único de acreditación.
3. estandarizar los procedimientos de evaluación.
4. definir el procedimiento operativo que deben efectuar las eps del r.c
y/o r.s e ips de salud para presentarse al proceso de acreditación
5. conformar la junta de acreditación y el comité de apelaciones
6. revocar o suspender la acreditación otorgada, cuando durante el
proceso de seguimiento por parte de la entidad acreditadora se evidencie que la
institución ha dejado de cumplir las condiciones exigidas para obtener la acreditación
en salud con los procesos de otorgamiento de la acreditación que hace
referencia el art. 5° de la presente resolución.
7. diseñar, sistematizar y mantener actualizado un banco de datos con la
información relativa a las instituciones que participen en el s.u.a.
8. realizar la divulgaciónsobre las organizaciones que han obtenido la
acreditación.
9. presentar al ministerio de la protección social sin afectar el
principio de confidencialidad los informes que requieran para los efectos de
definición de políticas
10. elaborar y enviar un informe ejecutivo semestral al ministerio de la
protección social y a la superintendencia nacional de salud.
11. las demás que se establezcan en las bases del concurso de méritos o
del proceso de escogencia previsto en la ley 80/93, o enlas normas que la modifiquen,
sustituyan o el estatuto general de la contratación de la administración.

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